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“El Derecho Humano al Agua y la Alimentación no deben esperar más: Ratifiquen ambos Derechos”.

| Caritas Oficina Nacional

Comunicado Campaña por el derecho humano al agua y alimentación: Antecedentes internacionales.
Cada 22 de marzo se celebra el día mundial del agua, el cual fue establecido por las Naciones Unidas desde el año de 1993 para destacar la importancia del agua dulce. Como consecuencia, en noviembre de 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptó la Observación General nº 15 (OG nº 15) sobre el derecho al agua, la cual establece que "El derecho humano al agua es indispensable para una vida humana digna". Y define que es un Derecho de cada uno a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y doméstico.

Y el 28 de julio de 2010, a través de la Resolución 64/292, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento, reafirmando que un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos. Pero este Derecho, tal y como lo reconoce la (OG N.º 15) está “…indisolublemente asociado… a una alimentación adecuadas.” El Comité señala “la importancia de garantizar un acceso sostenible a los recursos hídricos con fines agrícolas para el ejercicio del derecho a una alimentación adecuada.”

Por su parte, en 1999, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, en su Observación General número 12, estableció que en los Estados miembros “...deberán adoptarse medidas más inmediatas y urgentes para garantizar el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre y la malnutrición. El derecho a una alimentación adecuada es de importancia fundamental para el disfrute de todos los derechos...” y que este Derecho se ejerce “…cuando todo hombre, mujer, o niño, ya sea sólo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla.”

Tanto el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento y el Derecho Humano a la Alimentación Adecuada, están indisolublemente vinculados, porque el Agua también es una prioridad para la Alimentación, para el caso, la Seguridad Alimentaria. La OG N.º 15 declara que debe darse prioridad "a los recursos hídricos necesarios para evitar el hambre y las enfermedades, así como para cumplir las obligaciones fundamentales que entraña cada uno de los derechos del Pacto".
Antecedentes nacionales.

En el 2008, en octubre, en el marco del Día Mundial de la Alimentación se presentó la propuesta de reforma constitucional para el reconocimiento de este Derecho. Y en el marco de la conmemoración del 25º Aniversario de la Constitución, en diciembre del mismo año, decenas de organizaciones sociales, respaldadas por 38,000 personas, presentaron, en la Asamblea Legislativa, una propuesta de reforma constitucional para que se reconociera el Derecho Humano al Agua en El Salvador.

Doce años después, el 15 de octubre del 2020, la Asamblea Legislativa aprobó la reforma constitucional por el derecho humano al agua y su saneamiento, en los artículos 2 y 69; fueron 78 votos favorables de los distintos partidos políticos. Con la reforma constitucional aprobada, los artículos aludidos quedaran de la siguiente manera:
• “Art. 2.- Toda persona tiene derecho a la vida, al agua y su saneamiento, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de estos”.
• “Art. 69.- En los siguientes términos. Es obligación del Estado crear políticas públicas y leyes que garanticen a todos los habitantes agua salubre, suficiente, accesible y asequible, así como el aprovechamiento y preservación de los recursos hídricos. El agua constituye un bien público”.

En el caso del derecho humano a la alimentación adecuada, trece años después, de haber iniciado las gestiones de reforma constitucional, el 27 de enero del 2021, las diversas expresiones organizativas lograron la aprobación de la propuesta de reforma constitucional, con 57 votos a favor, por el derecho humano a la alimentación. Por tanto, según dicha propuesta de reforma, se agrega un segundo inciso al artículo 69, que dicta:
• "Toda persona tiene derecho a una alimentación adecuada. Es obligación del Estado crear las políticas de seguridad alimentaria y nutricional para todos los habitantes. Una ley regulará esta materia".

Con las reformas aprobadas, se ha logrado un gran avance en el reconocimiento del derecho humano al agua y la alimentación; sin embargo, falta el paso más importante: su ratificación, tarea que le corresponderá a la legislatura 2021-2024.

POR LO TANTO, SOLICITAMOS:

A la legislatura 2021-2024

Que de inmediato inicie su gestión legislativa, ratifique, por unanimidad y sin dilación, las reformas constitucionales que garanticen, a todo el pueblo salvadoreño, el derecho humano a la alimentación y al agua y saneamiento.

Al Señor presidente de la República

Que interponga sus buenos oficios a fin de apoyar y promover, ante los 84 diputados, la ratificación de ambas reformas constitucionales en sus primeros meses de gestión y así cumplir el compromiso que el país adquirió en el 2010, ante las Naciones Unidas y el pueblo salvadoreño, de reconocer el agua y la alimentación como derechos fundamentales para la vida.

San Salvador, 22 de marzo de 2021.